Visión

Visión

Queremos un Centro de Ingenieros, Arquitectos y Afines, formado sobre la base de un espacio válido para el desarrollo y crecimiento integral de nuestros profesionales, donde prevalezca el espíritu de solidaridad, respeto a los agremiados y al Estado, con valentía moral en lo institucional, democrático y participativo, que garantice la pulcritud en lo administrativo, fundamentado en una vocación promotora enfocada en la creación de una matriz de opinión sobre los temas más sensibles del país, consolidándonos como el catalizador fundamental en el proceso de desarrollo económico y social, realizándolo bajo el signo de la especialización, permitiendo el surgimiento de un estado promotor, estudioso, incansable de nuestras oportunidades, el cual fortalezca su propia acción en las materias de educación salud y justicia.

Objetivos

La Ley del Ejercicio es la que define al Centro de Ingenieros del Anzoátegui como CUERPO MORAL de carácter Público, determinando sus fines y estableciendo los Órganos que los rigen, siendo sus principales objetivos:

  • Servir de Guardián del Interés Público.
  • Actuar como asesor del Estado en materias de su competencia.
  • Fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica.
  • Vigilar el Ejercicio Profesional.
  • Velar por los intereses de sus miembros y en esencial por la dignidad de sus derechos, en pro del mejoramiento de los mismos.
  • No podrá desarrollar actividades de carácter político, partidista o religioso, ni asumir actitudes de la índole expresada.

Conforme a los fines anteriormente señalados, corresponden al CIANZ como objetivos generales:

  • Velar permanentemente por los intereses de la colectividad.
  • Gestionar la promulgación o reforma de disposiciones legales relativas al ejercicio profesional, a la colegiación y a otras materias de interés público, cuando así se justifique.
  • Actuar en los asuntos específicos de su competencia como asesor del Estado.
  • Designar a petición de las autoridades administrativas o judiciales, los profesionales que deban actuar en inspecciones oculares y en avalúos y otras experticias en general.
  • Mantener vivo en sus Miembros el espíritu universitario y estimularlo hacia una constante superación.
  • Fomentar el progreso de la cultura, de la ciencia y de la técnica; en especial, prestando su concurso para el mejoramiento de los planes de estudio y el adecuado funcionamiento de facultades, escuelas y de institutos de enseñanza especializada y de investigación y propiciando su creación cuando responda a una legítima necesidad social.
  • Promover las relaciones con otras entidades profesionales, regionales, nacionales o extranjeras, que persiguen fines similares.
  • Enaltecer el ejercicio profesional en beneficio de la sociedad, vigilando el cumplimiento de las disposiciones legales que lo rigen, cuidando de la eficiencia de los servicios profesionales, procurando que los cargos públicos que requieren idoneidad técnico-científica sean desempeñados por colegiados de la especialidad correspondiente, y velando por el decoro, la disciplina y la solidaridad entre sus Miembros.
  • Fortalecer el espíritu de colegiación mediante el desarrollo de una firme conciencia profesional y el establecimiento de las más estrechas relaciones profesionales y sociales entre sus Miembros; en particular, orientando la iniciación del profesional novel.
  • Recibir y tramitar ante el órgano competente del Poder Público, las denuncias por infracciones a las disposiciones que rigen el ejercicio profesional sin perjuicio de la iniciativa que reconoce la Ley a otras personas naturales o jurídicas.
  • Dictar y aplicar las normas de ética profesional y gremial, sancionando a sus Miembros por violación de las mismas, de las disposiciones del presente Reglamento Interno, de los Reglamentos orgánicos promulgados por la Asamblea Nacional del Colegio, y de los Reglamentos Especiales, Resoluciones y Acuerdos emanados de los órganos del Colegio, todo ellos sin perjuicio de la decisión que pueda corresponder a la autoridad pública competente.
  • Reconocer, mediante las distinciones que se establezcan, la actuación profesional, gremial y de investigación destacada o meritoria y la colaboración eficaz de los Colegiados para con la Institución.
  • Defender los derechos de los Colegiados en todo cuanto se relacione con el ejercicio profesional y gremial.
  • Servir de mediador o de árbitro a solicitud de las partes en los conflictos entre profesionales y entre éstos y personas naturales o jurídicas en los casos en que lo considere conveniente.
  • Procurar que los miembros y sus familiares gocen de un nivel de vida decoroso y estable, arbitrando normas y medios eficaces de seguridad y previsión social.
  • Todo lo demás que resulte armónico con los fines que le atribuye la Ley de Ejercicio.